martes, 5 de marzo de 2013

ARGENTINA: EMPIEZA EL JUICIO ORAL POR LOS CRIMENES COMETIDOS EN COORDINACION POR LAS DICTADURAS SUDAMERICANAS


El plan de la represión sin fronteras


El proceso que comienza mañana abarca a 106 víctimas del Plan Cóndor, con mayoría de uruguayos, pero también argentinos, paraguayos, chilenos, bolivianos y un peruano. Hay 25 represores acusados, entre ellos Videla, Bignone, Riveros y Menéndez.


Los dictadores Reynaldo Benito Bignone y Jorge Rafael Videla serán juzgados como responsables locales de la coordinación represiva.

Por Alejandra Dandan / Página 12

Mañana empieza el juicio oral por el Plan Cóndor, la primera causa que se abrió a fines de los ’90 cuando aún estaban en vigencia las leyes de obediencia debida y punto final y que logró perforar el cerco de impunidad a los crímenes de la dictadura. Será un escenario de justicia atravesado por la presencia de víctimas de las dictaduras del Cono Sur que todavía esperan la apertura de procesos similares en sus propios países. El juicio recoge tres tramos de la causa elevada entre 2008 y 2012 por 106 víctimas del Cóndor, entre las que hay una mayoría de uruguayos, pero también paraguayos y chilenos, todos caídos en Argentina. También hay argentinos, entre ellos tres caídos en Brasil. Serán juzgados 25 represores, entre otros los responsables locales de la coordinación represiva: Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone, Santiago Omar Riveros, Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Vañek. También va a ser juzgado el uruguayo Manuel Cordero, represor que actuó en el centro clandestino de Automotores Orletti. Al juicio se acopló el tramo de Orletti II, por otras 65 víctimas. Estará a cargo del Tribunal Oral Federal N°1, se prevé el paso de unos 450 testigos y una duración estimada en dos años.

“La causa se abrió con una denuncia muy bien fundada hecha por Emilio Mignone, Raúl Zaffaroni, David Baigun, Alberto Pedroncini y Martín Abregú”, recuerda el fiscal Miguel Angel Osorio, a cargo de la instrucción. “Se tomó un grupo de casos donde no había aparecido el cuerpo de las víctimas y la causa avanzó mediante el concepto del ‘delito permanente’: a través de esa lógica se indicó que acá se ha secuestrado a una persona; que todavía no se sabe qué sucedió con ella y por lo tanto se presume que el delito se sigue ejecutando. Como el delito continúa es imposible de amnistiar, indultar o no hacer nada. El eje era ése: el Estado tenía la obligación de hacer cesar el delito; después, si quiere amnistiar puede hacerlo o no, pero primero tiene que hacer lo primero.”

Al comienzo, la causa tuvo 12 casos, entre ellos la uruguaya Sara Méndez, secuestrada en Buenos Aires, arrojada en Orletti y a la que le habían robado a su hijo Simón Riquelo, que para entonces seguía sin aparecer. Había víctimas de otros países, pero el expediente no asumió la perspectiva del Plan Cóndor hasta 2003, cuando dio un “salto cualitativo”, dice Osorio, a partir de inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la reapertura de las causas. Algunas víctimas de la causa original pasaron a expedientes específicos y luego se acumularon nuevos hechos. En 2008 se elevó el primer tramo con 18 imputados y en 2012, otros dos. Además de los 106 casos que ahora llegan a juicio oral, la instrucción acumula denuncias e investigaciones por otras 240 víctimas.

Los acusados

Uno de los graves problemas que tuvo la causa fue la demora. Entre los tres tramos del expediente sobre el Plan Cóndor sumaban originalmente 32 acusados, la mayoría elevados en 2008. Entre ese momento y este comienzo varios murieron y otros están separados del juicio por razones de salud. Es el caso de Albano Harguindeguy, Cristino Nicolaides y Antonio Bussi, en el primer grupo, y Ramón Genaro Díaz Bessone y Ernesto Alais, en el segundo.

Pablo Ouviña y Mercedes Moguilansky son los fiscales que llevarán la acusación del juicio. Ellos indican que en las últimas dos semanas, además, la mayoría de los imputados está pidiendo de todo, entre otras cosas la suspensión del juicio por motivos de salud, por lo cual se vienen ordenando pericias y chequeos médicos.

Los represores que hasta ahora están en juicio son 25. De ellos, 23 están procesados por asociación ilícita y privación ilegal de la libertad, las figuras legales con las que logró abrirse la causa. No están acusados por tormentos ni por homicidios, aunque en varios casos está probado el “traslado” o asesinato de las víctimas, como el de Carlos Santucho, el contador hermano del jefe del PRT, a quien asesinaron en un tanque de agua en Orletti.

La acusación es distinta para Manuel Cordero y Miguel Angel Furci. Los dos estuvieron en Orletti y son los únicos autores directos. Cordero es uruguayo y fue extraditado desde Brasil. La Justicia argentina lo requirió en dos causas: Cóndor y Orletti, pero Brasil lo extraditó sólo por la primera, por lo tanto –aunque es uno de los represores más nombrados de Orletti–, entra a juicio solo por Cóndor. Está acusado por privación ilegal de la libertad y no por asociación ilícita, como el resto, porque Brasil dio ese cargo por prescripto. Furci está procesado por privación ilegal de la libertad y tormentos por 67 víctimas de Orletti.


El ex-dictador uruguayo Juan M. Bordaberry quién fuera juzgado y condenado por estos crímenes (fallecido)

Las víctimas

Un dato del juicio estará dado por la configuración de las víctimas. Entre los 106 detenidos desaparecidos no hubo sobrevivientes, todos los casos tienen que ver con actuación de fuerzas argentinas aquí o en el extranjero. Todos los extranjeros cayeron en Argentina. Y los hechos son posteriores al golpe del 24 de marzo del ’76, por un criterio original, aunque ahora la instrucción investiga casos de 1974.

El grupo de víctimas más importante es de Uruguay (48), luego siguen Paraguay, Chile, Bolivia y un caso de Perú. Hay tres argentinos que cayeron en Brasil durante la Contraofensiva del ‘78: Norberto Armando Habegger, Susana Pinus de Binstock y Horacio Campligia. Entre los chilenos están Edgardo Enriquez Espinosa, del comité central del MIR, secuestrado en Buenos Aires el 10 de abril de 1976. Cristina Carreño Araya, de una familia del PC chilena, perseguida por la dictadura de Augusto Pinochet. Cristina salió de Chile a Hungría, viajó a Argentina en 1978 y fue secuestrada el 26 de julio de ese año. Otro caso es el del estudiante suizo-chileno Alexis Jaccar Siegler, al que secuestraron el 16 de mayo de 1977, cuando hacía escala en Buenos Aires para seguir viaje hacia Chile. Volverá a aflorar el secuestro de María Claudia Irureta Goyena, pero esta vez en la perspectiva del Plan Cóndor y por su propio “caso”: Claudia era la nuera del poeta Juan Gelman, secuestrada en Buenos Aires, trasladada y desaparecida en Uruguay cuando estaba embarazada de Macarena Gelman.

La lógica del Cóndor

Osorio definió el Plan Cóndor cuando terminó de instruir el primer tramo de la causa: “La relación entre los organismos de inteligencia de Chile, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Brasil y la Argentina distó de situarse en una mera colaboración legal para derivar en la verdadera implementación de un dispositivo que no hacía más que reproducir, a nivel internacional, el mismo dispositivo de aniquilamiento que imperaba hacia el interior de cada una de esas jurisdicciones: tal el alcance pactado, justamente, por los países integrantes del operativo Cóndor”.

Puede pensarse que, a la luz del Plan, el debate judicial va a abordar el modo en que actuó la represión fronteras adentro de cada uno de los países, incluso Uruguay, con causas bloqueadas por la Suprema Corte de Justicia. Los fiscales no tienen jurisdicción para investigar la represión puertas adentro en cada país, pero sí la obligación de seguir el circuito de cada una de las víctimas de la causa.

“Todos los países tienen interconexiones por medio de tratados, de diplomáticos, Inteligencia, etcétera –dice el fiscal Ouviña–. Lo que hicieron durante la vigencia del Cóndor fue aprovechar lo que ya estaba y buscar otro tipo de contacto para hacer todo más rápido. Eliminaron las formalidades pero no sólo para acelerar los tiempos sino directamente para secuestrar personas, buscar información para secuestrar, llevar adelante pedidos. Hay argentinos y chilenos secuestrando y torturando juntos; argentinos y uruguayos o chilenos y paraguayos.”

El contexto eran los exilios que se dieron en todo el continente por las distintas dictaduras, dice Moguilansky. La primera dictadura fue la de Chile, que produjo enorme cantidad de exiliados en Argentina. Y Argentina es el último país donde cae la democracia, cuando todavía albergaba a buena parte de refugiados de otros países. En ese sentido, el expediente funciona a la vez como un mapa entre exilio, refugio y represión. Hay zonas del país como Mendoza en que se refugiaron chilenos, o Jujuy donde estaban quienes venían de Bolivia, o los uruguayos en Buenos Aires. En esa línea, aparecen secuestros y luego traslados a los países de origen. En el caso de los chilenos, ingresan a centros clandestinos de detención. Y con los uruguayos se abrirá el eje de los vuelos. El rol del Acnur y de la Vicaria chilena en el auxilio a los perseguidos políticos, así como el de los consulados y embajadas constituidas como ratoneras, también serán puntos del debate.

“Si los militantes perseguidos en otros países vinieron para acá y desaparecieron estando exiliados, eso es Cóndor –dice el fiscal Osorio–. Si vinieron y trabajaron con o en alguna organización de superficie, ahí ya no es Cóndor. Es decir, no importa la nacionalidad de la víctima, importa si realmente los victimarios actuaron ejecutando ese plan de coordinación represiva a nivel no sólo continental, sino a nivel mundial, si se quiere llamarlo así, porque actuaron en Europa, en Estados Unidos.”

Los documentos

Ese es otro eje del debate. Los documentos. Una de las pruebas documentales más importantes es un documento desclasificado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, en el que aparece una definición sobre el Cóndor. El documento es un cable de septiembre de 1976, de un agente especial del FBI a la embajada estadounidense en la Argentina. Allí deja expresado que el plan está destinado a la “recopilación e intercambio de información sobre ‘izquierdistas’, ‘comunistas’ o ‘marxistas’, con vistas a la eliminación de sus actividades mediante el desarrollo de operaciones conjuntas en sus respectivos territorios”. El cable sitúa en el armado del dispositivo a Chile, Argentina, Bolivia, Paraguay y Uruguay y un acuerdo de Brasil de información confidencial. Describe tres momentos: 1) intercambio de información, 2) ubicación del blanco, 3) ejecución o traslado de la víctima a cualquier otro país signatario.

Una parte del debate seguramente atravesará la discusión acerca de cómo debe leerse el documento, si puede tomarse como comienzo del Plan Cóndor cuando las evidencias muestran que las fuerzas represivas actuaron en conjunto desde antes. Los fiscales del juicio señalan antecedentes de 1975 y en la instrucción Osorio trazó un corte posterior a la muerte de Juan Perón.


Las víctimas

En la causa Plan Cóndor se juzgarán las responsabilidades sobre los crímenes cometidos contra: Campiglia Horacio Domingo, Pinus de Binstock Mónica Susana, Habegger Norberto Armando, Reyes González, Manuel Federico; Seminario Preciado, Carlos Alberto; González de la Vega, Oscar Hugo; Corinaldesi de Stamponi, Mafalda; Choque Cabrera, Fausto; Stamponi, Luis Faustino; Rutilo Artes, Graciela; Lara Torres, Jaime Rafael; Villa Isola, Efraín Fernando; Villavicencio Calderón, Jorge Hernán; Jordán Vercellone, Juan Carlos; Oviedo Morales, Walter Eduardo; Saenz Bernal, Reinaldo Lásaro; Vargas Orozco, Johnny; Suárez Balladares, Erasmo; Rojas Caballero, Máximo; Enríquez Espinosa, Edgardo; Elgueta Díaz, Luis Enrique; Tamayo Martínez, Manuel Jesús; Muñoz Velázquez, Luis Gonzalo; Hernández Zaspe, Juan Humberto; Jaccard Siegler, Alexei Vladimir; De la Maza Asquet, José Luis; Orellana Castro, Miguel Iván; Carreño Araya, Cristina Magdalena; Athanasiú Jara, Ángel; Athanasiú Laschan, Pablo Germán; Laschan Mellado, Frida Elena; Rojas Campos, Carlos Patricio; Delard Cabezas, Carmen Angélica; Delard Cabezas, Gloria Ximena; Appel de la Cruz, José Luis; Zaragoza Olivares, Luis Arnaldo; Espinoza González, Luis Alejandro; Urra Ferrarese, Oscar Julián; Ossola de Urra, Susana; Ferrada, Rafael Antonio; Oyarzun Manso, Oscar Orlando; Cram González, Washington; Trías Hernández, Cecilia Susana; Urtasún Terra, José Luis; Silveira Gramont, María Rosa; Maidana Bentín, Félix; Borelli Cattáneo, Raúl Edgardo; Cabezudo Pérez, Carlos Federico; Lezama González, Rafael Laudelino; Moreno Malugani, Miguel Ángel; Prieto González, Rubén; Alfaro Vázquez, Pedro Daniel; Severo Barreto, Ary Héctor; Epelbaum, Lila; Epelbaum, Claudio; Bentancour Garín, Walner Ademir; Rodríguez Liberto, Félix Antonio; Méndez Donadío, José Hugo; Candia Correa, Francisco Edgardo; Burgueño Pereyra, Ada Margaret; Gándara Castroman, Elba Lucía; Carretero Cardenas, Casimira María del Rosario; Recagno Ibarburu, Juan Pablo; Cabrera Prates, Ary; Mechoso Méndez, Alberto Cecilio; Tejera Llovet, Raúl Néstor; Soba Fernández, Adalberto Waldemar; Arnone Hernández, Armando Bernardo; Queiro Uzal, Washington Domingo; Machado, Modesto Humberto; Río Casas, Miguel Ángel: Lerena Costa de Corchs, Elena Paulina; Bosco Muñoz, Alfredo Fernando; D’elía Pallares, Julio César; Dossetti Techeira, Edmundo Sabino; García Ramos de Dossetti, Ileana Sara María; Duarte Lujan, León Gualberto; Rodríguez Mercader, Carlos Alfredo; Errandonea Salvia, Juan Pablo; Chizzola Cano, Eduardo Efraín; Hernández Hobbas, Beatriz Lourdes; Hernández Hobbas, Woshington Fernando; Grispón de Logares, Mónica Sofía; Logares, Claudio Ernesto; Artigas Nilo de Moyano, María Asunción; Moyano, Alfredo; Zaffaroni Castilla, Jorge Roberto; Islas Gatti de Zaffaroni, María Emilia; García Irureta Goyena, María Claudia; Rodas, Néstor; Méndez Fleitas, Epifanio; Filártiga Martínez, Juan Alberto; Benítez o Benítez Gómez, Florencio; Ledesma Medina o Medina Ledezma, Oscar Eladio; Roa Espinosa o Espinoza, Emilio; Maidana, Antonio; Tatter Morinigo, Jorge Federico; Penayo Ferreyra o Ferreira, Juan José; Vera Báez, Cátulo; Ballestrino de Careaga, Esther, Carrillo Rodríguez, Fausto Augusto; Logoluso, José Alejandro; Landi Gil, Marta Dora; Nell o Nell Granda, José o José Luis; Santana Escotto o Scotto, Nelson Rodolfo; Inzaurralde Melgar o Insaurralde Melgar, Gustavo Edison; Goiburú Jiménez o Giménez, Agustín.

Los imputados

Los imputados en la causa Plan Cóndor son: Jorge Rafael Videla, Santiago Omar Riveros, Eduardo Samuel De Lío, Carlos Humberto Caggiano Tedesco, Antonio Vañek, Carlos Tragant, Luciano Benjamín Menéndez, Bernardo José Menéndez, Jorge Carlos Olivera Róvere, Eugenio Guañabens Perelló, Carlos Miguel Landoni, Humberto José Román Lobaiza, Felipe Jorge Alespeiti, Manuel Juan Cordero Piacentini, Néstor Horacio Falcón, Federico Antonio Minicucci, Enrique Braulio Olea, Horacio De Verda, José Julio Mazzeo, Reynaldo Benito Antonio Bignone, Rodolfo Emilio Feroglio, Luis Sadi Pepa, Mario Alberto Gómez Arenas y Juan Avelino Rodríguez.